La reforma laboral aprobada en el Senado incorporó un cambio que expone con crudeza la orientación del nuevo esquema: si un trabajador se enferma o sufre un accidente fuera del ámbito laboral, podría cobrar apenas el 50% de su salario. El artículo 44 no solo redefine el régimen de licencias, sino que instala un principio preocupante: enfermarse puede convertirse en un problema económico adicional.
La disposición no contempla de manera explícita enfermedades graves como el cáncer u otras patologías crónicas que requieren tratamientos prolongados, cirugías y reposos extensos. En esos casos, la reducción de ingresos implicaría trasladar el ajuste directamente al trabajador en uno de los momentos de mayor vulnerabilidad personal y familiar.
Ante el rechazo que generó el punto, el Gobierno de Javier Milei intenta amortiguar el impacto prometiendo una reglamentación que preserve el goce pleno del salario en situaciones excepcionales. Sin embargo, la senadora oficialista Patricia Bullrich advirtió que eso dependerá de una “corroboración concreta y fehaciente”. La frase, lejos de despejar dudas, abre interrogantes: ¿quién define qué caso es suficientemente grave?, ¿qué criterios médicos o administrativos prevalecerán?, ¿cuánto margen habrá para interpretaciones restrictivas?
Un sistema que presume culpa
El artículo 44 establece que si la imposibilidad de trabajar deriva de una actividad “voluntaria y consciente” que implicó riesgo para la salud, el empleado percibirá solo el 50% de su remuneración por hasta tres meses —o seis si tiene familiares a cargo—. El salario sube al 75% únicamente si la enfermedad o el accidente se consideran un imprevisto.
La redacción introduce una lógica que, según especialistas, invierte la carga: el trabajador deberá demostrar no solo que está enfermo, sino que su situación no fue consecuencia de una conducta considerada riesgosa. El riesgo de discrecionalidad es evidente. La frontera entre “actividad voluntaria” e “imprevisto” puede volverse difusa y terminar resolviéndose en conflictos judiciales.
Paradójicamente, mientras el discurso oficial sostiene que la reforma busca reducir litigiosidad, el nuevo esquema podría multiplicar disputas por encuadres médicos y administrativos.
Más control, menos certezas
La norma también endurece los requisitos formales: certificados médicos firmados digitalmente, con diagnóstico y tratamiento detallados. El empleador mantiene la potestad de enviar un médico propio y, ante diferencias, convocar a una junta médica.
En la práctica, el trabajador enfermo no solo afrontará una eventual reducción salarial, sino también un proceso de validación constante de su estado de salud. El mensaje implícito es claro: la enfermedad deja de ser un derecho protegido y pasa a ser un hecho bajo sospecha.
En un contexto de pérdida de poder adquisitivo y alta incertidumbre laboral, el artículo 44 sintetiza el espíritu más controvertido de la reforma: priorizar la reducción de costos por sobre la protección social. La discusión ya no es solo técnica. Es política. Y coloca en el centro una pregunta incómoda: ¿hasta dónde puede avanzar una reforma en nombre de la modernización sin erosionar garantías básicas frente a la enfermedad?

