El intendente de Morón, Lucas Ghi, anunció que en el distrito no se otorgarán habilitaciones comerciales a personas que mantengan deudas por cuota alimentaria. La medida fue presentada en el Salón Mariano Moreno del Palacio Municipal junto a la ministra de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires, Estela Díaz.
Según explicó el jefe comunal, quienes soliciten una habilitación para desarrollar una actividad comercial o industrial deberán presentar un certificado que acredite que no figuran en el Registro de Deudores Alimentarios. De esta manera, quienes no estén al día con sus obligaciones alimentarias no podrán iniciar nuevas actividades comerciales en el distrito.
“En un contexto de grandes desafíos, lejos de retroceder vamos a avanzar con más propuestas y con un Estado presente, al servicio de quienes más lo necesitan”, expresó Ghi. En ese sentido, remarcó que el requisito busca garantizar el cumplimiento de los compromisos alimentarios hacia niñas y niños.
La iniciativa se alinea con la Ley provincial 13.074, actualizada por la Ley 15.520, que creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Este sistema permite registrar, por orden judicial, a quienes deben cumplir con el pago de alimentos establecido por sentencia o acuerdo homologado.
Por su parte, la ministra Díaz destacó el trabajo conjunto entre la Provincia, los municipios y las organizaciones sociales. “Fortalecer la intervención del Estado y el trabajo en red es fundamental. Es un mandato claro del gobernador Axel Kicillof construir un gobierno cercano, con militancia y transparencia”, señaló.
La presentación de la medida se realizó en el marco de las jornadas de formación de la Red Orgullo Bonaerense destinadas a trabajadores y trabajadoras municipales. Estas capacitaciones buscan generar herramientas para promover el acceso a derechos de la comunidad LGBTI+.
Durante la actividad también estuvieron presentes funcionarios del gabinete municipal, autoridades educativas y representantes del Concejo Deliberante local.

