A través de los Decretos 592 y 593, la administración libertaria promulgó la ley y el paquete fiscal en la previa de la firma del Pacto de Mayo.
El presidente Javier Milei promulgó hoy la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de medidas fiscales una norma que declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año.
A través de los Decretos 592 y 593, publicados en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la ley aprobada por el Congreso que delegó facultades al Poder Ejecutivo para realizar reforma en el Estado. Lo hizo en la previa a la firma del Pacto de Mayo que se llevará adelante esta noche en la Casa Histórica de la provincia de Tucumán.
De esta forma, Milei podrá modificar, eliminar o reorganizar órganos de la administración central y descentralizada, excepto universidades y ciertos organismos judiciales y legislativos.
Los decretos llevan la firma del mandatario; del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Economía, Luis Caputo, para la vigencia de las legislaciones.
Según supo la agencia Noticias Argentinas, la administración libertaria priorizará la reglamentación del apartado fiscal, con especial primacía en la restitución del Impuesto a las Ganancias, y de las facultades delegados. Fuentes de gobierno aclararon que entrarán en vigencia en un plazo de dos meses.
Otro punto destacado de la ley es la privatización de empresas estatales como Nucleoeléctrica Argentina S.A. y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
En cuanto al empleo público, se regula la situación de disponibilidad para el personal afectado por reestructuraciones, estableciendo un periodo máximo de 12 meses durante el cual deberán recibir capacitación o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado. Si al finalizar este periodo no se ha formalizado una nueva relación laboral, el trabajador será desvinculado automáticamente.
La normativa autoriza la renegociación o rescisión de contratos de obra pública, concesión, construcción o provisión de bienes y servicios, cuya suspensión o rescisión resulte más conveniente para el interés público.