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Forzado por la Justicia, el Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y definió los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó este martes en el Boletín Oficial.

La medida fue formalizada a través del Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793. El fallo judicial declaró inválido un decreto previo que había suspendido su implementación bajo el argumento de falta de financiamiento.

La reglamentación establece de manera detallada los criterios de acceso al nuevo régimen, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control. En los considerandos, la norma señala que el sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

Entre los cambios institucionales, el decreto dispone la incorporación de la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando allí la política pública vinculada al sector. Según el texto oficial, la decisión se basa en una concepción integral del derecho a la salud y la protección social, que abarca aspectos sanitarios, sociales, económicos y de acceso a derechos.

La norma también instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y a presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. Además, faculta al organismo a dictar las normas complementarias necesarias para la correcta implementación del nuevo régimen.

Otro punto central del decreto es la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones actualmente vigentes.

Las medidas adicionales que surjan del trabajo conjunto con el Consejo Federal de Discapacidad se instrumentarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con las competencias y disponibilidades presupuestarias de cada jurisdicción.

La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.

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